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La Plataforma Multisectorial contra la Morosidad recuerda que la Ley española fija los plazos de pago de las Administraciones Públicas a proveedores en 40 días y los de empresas a 75, mientras que la directiva europea, que podría adelantarse a este año, acortaría los plazos a 30 y 60 días respectivamente, y prevé la posibilidad de cobrar interés legal de demora, así como la compensación por los costes de cobro.
La Plataforma Multisectorial contra la Morosidad (PMcM), impulsora de la Ley 15/2010 de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, ha recordado que la legislación española obliga en este 2012 a las Administraciones Públicas y al sector privado a acortar sus plazos de pago a proveedores a 40 y a 75 días respectivamente. Pero, sobre todo, ha alertado de la intención de la Comisión Europea de anticipar en un año la entrada en vigor de la nueva directiva europea sobre morosidad.
El portavoz de la PMcM, Antoni Cañete, considera que, en caso de que se adelantara la directiva europea “deberíamos introducir mecanismos urgentes para mejorar la situación de los pagos” ya que entonces el plazo máximo de pago a proveedores sería de 30 días para la Administración Pública y de 60 días para las empresas. Si no se cumplieran estos plazos, la directiva prevé la posibilidad de cobrar interés legal de demora, así como la compensación por los costes de cobro.
Ante esta situación, para ajustarse a los nuevos plazos, Antoni Cañete explica que “es urgente que la lucha contra la morosidad se tome como un proyecto de competitividad del país, porque dilatar los plazos de pago genera importantes costes financieros que reducen la competitividad de las empresas, les obliga a tener una mayor capacidad financiera y es la principal causa del cierre de las mismas, mientras que las compañías que desarrollan su actividad en países que pagan en plazos cortos juegan con una ventaja competitiva”.
RÉGIMEN SANCIONADOR Para acabar con esta lacra, la PMcM ha propuesto un régimen sancionador por incumplimiento que concrete los mecanismos de aplicación de la Ley 15/2010, porque “sin él la ley constituye un marco normativo incompleto e ineficaz”. Este régimen sancionador a introducir en la ley establece multas de entre 300.001 a 900.000 euros para infracciones muy graves, de 30.001 a 300.000 euros para las graves, y de 6.000 a 30.000 euros para las leves, y contempla que las comunidades autónomas puedan decretar el cierre temporal de empresas que hayan reincidido tres veces en infracciones muy graves. Además, cuando la especial trascendencia o gravedad de los hechos, el número de personas afectadas o la conveniencia de su conocimiento por los operadores comerciales lo hagan aconsejable, las autoridades competentes podrán acordar que se haga pública la resolución adoptada en procedimientos sancionadores por infracciones graves o muy graves.
Asimismo, la PMcM, también ha planteado la necesidad de poner en marcha del Observatorio de la Morosidad, la introducción del criterio de caja en el pago del IVA frente al de devengo, la admisión de la compensación de créditos fiscales sin necesidad de reconocimiento formal (como el IVA contra retenciones), el impulso de figuras y mecanismos no coercitivos como los mediadores franceses, la modificación de los plazos de pago de las liquidaciones tributarias y de la Seguridad Social en concordancia con los plazos de cobro habituales del mercado, la agilización de los procedimientos judiciales para la resolución de conflictos entre otras medidas y el establecimiento de un plan de reducción de la deuda histórica con proveedores que mantienen las administraciones públicas y sus organismos dependientes, hasta la consecución de los plazos que establece la ley.
La PMcM, que está ultimando la nueva edición del estudio sobre morosidad en España en 2011, ha manifestado su “voluntad de trabajar mano a mano con el nuevo equipo de Gobierno para ir creando los mecanismos necesarios para que se cumpla la ley en España, con el objetivo de que este cumplimiento ayude a salir más pronto de la crisis”.
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